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EN XELA DESPIDEN POR TWITTEAR


El Twitter es una red social de cuidado lo mencione en un blog anterior que los jugadores deben saber que, cuando y como escribir sus intensiones en ese pequeño espacio de 140 caracteres que puede alegrar masas o herir paises enteros.
Esta vez el turno fue de Hernan Sandoval @hsandoval20 quien siempre se ha identificado como "CREMA" el error de Hernan siempre ha sido no modificar su biografia en twitter, dejadez o falta de tiempo o no se, talvez el si lo usa solo del movil no se da cuenta que decia aun JUGADOR DE COMUNICACIONES y jamas coloco que jugaba en Juventud Escuintleca pero si agrego que jugaba en Xelaju MC, el domingo viendo el clasico el tuitea "que golazoooo jairito @jairoarreola77" luego lo comienzan a maltratar por festejar goles de un equipo no muy querido en Xela, el responde DIOS LOS BENDIGA, vuelve a tuitear "Que golazo" por el gol de Carlos Figueroa.

Estos tres tuits tienen con la candela encendida a la aficion chiva, no ha sido la mejor version de Hernan Sandoval en Xelaju no ha convertido gol con su equipo desde que llego y para eso llego para ser protagonista.

Sin embargo, la directiva encabezada por francisco Santos decide ceder ante la presion, llamadas de sus aficionados "celosos" de la traicion que ellos encuentran y lo multa con Q5000 no conforme con eso la presion sigue y deciden "despedirlo" justificacion "mal uso del twitter" toda la noche le he dado vueltas a mi cabeza donde esta la ofensa y la falta de compromiso en festejar goles de otro compañero, jamas festejo el gol en conjunto lo hizo individual ese es mi punto de vista.

La directiva ahora viene y crea algo que no estan contentos con el rendimiento, que va a empezar la segunda vuelta y no mete goles, fue presentado el 16 de enero, no duro ni TRES MESES!! los chivos encontraron la justificacion perfecta para decirle "muchas gracias".
Pero la constitucion de la Republica de Guatemala dice:
"Es libre la emisión del pensamiento por cualesquiera medios de difusión, sin censura ni licencia previa. Este derecho constitucional no podrá ser restringido por ley o disposición gubernamental alguna. Quien en uso de esta libertad faltare al respeto a la vida privada o a la moral, será responsable conforme a la ley. Quienes se creyeren ofendidos tienen derechos a la publicación de sus defensas, aclaraciones y rectificaciones"
http://prensaregional.com.gt.over-blog.org/pages/articulo-35-constitucion-politica-y-ley-de-libre-emsion-del-pensamiento-guatemala-2489892.html LEAN LA LEY!

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